¿Los sordos pueden conducir? Requisitos y condiciones que deben cumplir

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Las personas sordas presentan diferentes limitaciones a la hora de comunicarse, relacionarse con el entorno o captar la información en su totalidad en diferentes circunstancias. Sin embargo, en la actualidad hay diferentes dispositivos que consiguen mejorar esta condición y que mejoran considerablemente la calidad de vida.

Por lo tanto, hoy en día, ¿es posible conducir siendo sordo?, ¿hay que cumplir con determinados requisitos para hacerlo? En este artículo resolvemos estas dudas y te explicamos las normas que existen en nuestro país respecto a las personas sordas y la conducción. 

¿Una persona sorda puede conducir?

En la carretera es importante permanecer concentrado y enterarse de todo lo que sucede alrededor, pues cualquier despiste puede ser un problema importante o denotar un accidente. ¿Esto significa que las personas sordas no pueden conducir? En absoluto, pues hoy en día hay muchos recursos para hacerlo con seguridad.

Una persona con problemas de audición puede sacar sin inconvenientes el permiso de conducción en España. Se trata de un derecho que viene contemplado en el Real Decreto 818/2009, precisamente, el marco que regula las directrices de la Dirección general de tráfico. 

No obstante, en algunos casos que detallaremos más adelante, se requiere del uso de un vehículo especialmente adaptado para ello. Además, hay ciertos requisitos que determinan el tipo de permiso de conducción al que puede acceder cada persona.

Requisitos y normativa para obtener el carnet de conducir para sordos

Aunque las personas sordas pueden conducir, pero lo cierto es que necesitan de ciertos requisitos y presentan diferencias en la ejecución de los trámites necesarios. Los interesados que tienen más de un 45 % de pérdida de audición entre ambos oídos solo pueden acceder a un permiso extraordinario, por lo tanto, sus vehículos tienen que estar especialmente adaptados.

Esto significa que, para obtener el carnet de conducción, es imprescindible someterse a determinadas pruebas médicas y, según los resultados, las condiciones pueden ser diferentes. En lo que afecta a las personas sordas, las pruebas imprescindibles van a ser la otoscopia y la audiometría tonal. Lo que definirá el formato en el que van a poder disfrutar del permiso los conductores será el diagnóstico que se efectúa en ellas.

Además, como es lógico, todos los aspirantes deben superar un examen teórico, un examen práctico y ser mayores de edad. Las condiciones en este sentido no son diferentes a las del resto de las personas. 

Vehículos que se pueden conducir según la pérdida de audición

Hay ciertas restricciones respecto al tipo de vehículo que pueden conducir las personas sordas según su nivel de hipoacusia. Te mostramos cómo se clasifican estos permisos:

Grupo 1

Pueden conducir los vehículos de este grupo todas las personas con todos los porcentajes de sordera, incluso con un 100%. La condición predominante es que, cuando se supera el 45% de pérdida de audición, hay que adaptarlo como corresponde. Son los siguientes:

  • AM. Ciclomotores.
  • A1. Motocicletas con una potencia máxima de 11 kW y triciclos que alcancen hasta los 15 kW.
  • A2. Motocicletas con una potencia máxima de 32 kW.
  • A. Motocicletas de cualquier potencia.
  • B. Automóviles con una masa máxima autorizada (MMA) que no excede los 3500 kg. Con un remolque de hasta 750 kg.
  • B+E. Automóviles con 3500 kg de MMA y remolques de hasta 3500 kg.

Grupo 2

Los vehículos de este grupo no se pueden adaptar y estos tipos de permisos de conducción solo se van a otorgar a personas que tengan una sordera del 35% como máximo:

  • C1. Permite conducir vehículos de hasta 7500 kg.
  • C. Ofrece la posibilidad de manejar vehículos con MMA de hasta 3500 kg siempre que no se superen los nueve asientos, incluido el conductor.
  • D1. Vehículos de pasajeros con 17 plazas como máximo.
  • D. Para manejar automóviles sin límite de plazas como los autobuses.
  • C+E. Se trata del permiso para llevar remolques cuya MMA supera los 750 kg.

Requisitos de los vehículos adaptados

Hemos hablado largo y tendido de los vehículos adaptados porque guardan un papel muy importante en la conducción para sordos, ya que en muchos casos se exigen como condición indispensable. La buena noticia es que no tienen demasiadas exigencias, pues lo más crucial es que estos cuenten con dos espejos retrovisores exteriores, algo que va viene integrado de serie en algunos modelos actuales. También deben tener un espejo interior panorámico, algo que se puede adquirir e integrar sin complicaciones y sin necesidad de llamar a un profesional para que lo haga. Por una cuestión de espacio, las motos están exentas de esto último.

¿Puedo usar audífonos para conducir?

Los audífonos son dispositivos casi imprescindibles para las personas con sordera. Estos se adaptan a su anatomía de forma personalizada y permiten aumentar el volumen de los sonidos del exterior, mejorar la nitidez y hacer que las comunicaciones sean más fluidas. Hay aparatos muy avanzados en la actualidad que se pueden comprar en sitios especializados, por ejemplo, aquí: https://www.audifonos.es/tipos-de-audifonos/baratos

¿Es posible emplear dispositivos de audición para conducir?, ¿hay alguna normativa al respecto? Lo cierto es que la ley es clara respecto a los auriculares y accesorios que pueden distraer de la conducción, que están totalmente prohibidos. Sin embargo, hay que destacar que los audífonos se consideran una prótesis sanitaria y se abordan legalmente como tal.

Las personas que llevan dispositivos de audición e incluso implantes cocleares tienen un elemento indispensable para su discapacidad. Por lo tanto, se abordan de la misma manera que las personas miopes que llevan gafas, permitiendo que puedan usarlas para mejorar sus habilidades a la hora de manejar el vehículo con seguridad.

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